El derecho a la propia imagen está reconocido en el artículo 18.1 de la Constitución y regulado por la Ley 5 / 1982, de 5 de mayo, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Es por ello que doy mi consentimiento para poder hacer uso de fotografías y/o videos donde aparezcan mis hijos/as.
Al efectuar la inscripción anticipada, el participante acepta el cargo del importe total de la inscripción. Dicha cantidad no será reembolsable en caso de ausencia del participante en la prueba inscrita.
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